Todo lo que debes conocer del Régimen RIMPE

Si todavía te sigues preguntando qué es el Régimen RIMPE, a quiénes aplica, cómo funciona, en este artículo en el que solventaremos todas tus dudas. Es importante conocer que la creación del nuevo Régimen Simplificado para emprendedores y Negocios, entró en vigencia este 1 de enero del 2022, mediante la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID19.  

¿Quiénes se encuentran en este régimen?

De manera automática se incluyen a todos los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2021 pertenecieron al Régimen RISE Y MICROEMPRESAS.

Categoría: Rimpe – Emprendedores

Esta categoría comprende a los contribuyentes (personas naturales o jurídicas) que al año anterior hayan obtenido ingresos brutos anuales de hasta $300.000 dólares. 

Los comprobantes que deben emitir son: facturas, documentos complementarios, liquidaciones de compra de bienes y prestación de servicios. Además, se incluyen a los comprobantes de retención en los casos que proceda y debe incorporar la leyenda “Contribuyente Régimen RIMPE” de forma manual, mediante sello o cualquier forma de impresión.

Impuesto a la Renta

Para establecer la base imponible sobre la que se aplicará la tarifa del impuesto a la renta prevista dentro de este régimen se considerarán los ingresos brutos gravados. Estos pueden ser operacionales y no operacionales, provenientes de las actividades acogidas a este régimen. Para el efecto a estos ingresos se restan las devoluciones o descuentos comerciales, concedidos bajo cualquier modalidad, que consten en el mismo comprobante de venta o nota de crédito. Adicionalmente se sumará o restará, según corresponda, los ajustes de generación y/o reversión por efecto de aplicación de impuestos diferidos declarados atribuibles a los ingresos en el ejercicio fiscal.

IMPORTANTE: No se incluirán los ingresos que correspondan a actividades o fuentes de renta excluyentes de este régimen, así como aquellos que provengan de premios de loterías, rifas y apuestas; herencias, legados y donaciones; ingresos por regalías; pensiones jubilares y otros distintos de las actividades acogidas a este régimen. Estos ingresos no incluidos, deberán ser objeto de declaración, liquidación y pago del impuesto a la renta en la forma prevista en la Ley de Régimen Tributario Interno y su Reglamento.

Impuesto a la Renta: plazos

A continuación, presentamos los plazos para realizar las declaraciones anuales del impuesto a la Renta, tal como se indica en la siguiente tabla: 

Límite Inferior (USD)Límite superior (USD)Impuesto a la Fracción básicaTipo marginal (%)
–       20.000,00     60,00           0   
                20.000,01       50.000,00     60,00         1 
                50.000,01       75.000,00     360,00         1,25 
                75.000,01       100.000,00     672,50         1,50 
              100.000,01       200.000,00     1.047,50          1,75 
              200.000,01       300.000,00     2.797,52          2 

Es importante mencionar que la tarifa impositiva de este régimen no estará sujeta a rebaja o disminución alguna. Además, la declaración se hará de manera obligatoria, así no existiesen valores de ingresos, retenciones o de crédito tributario durante el periodo fiscal anual.

Declaraciones

Estos contribuyentes emiten facturas en donde si se desglosa el IVA, por ende, para ellos si aplica la declaración y pago del IVA y retenciones, se presentará en forma semestral y acumulada por las transacciones generadas en actividades acogidas o no a este régimen.

1. Semestre De Enero A Junio

Noveno dígito del RucFecha máxima de vencimiento
110 de julio
212 de julio
314 de julio
416 de julio
518 de julio
620 de julio
722 de julio
824 de julio
926 de julio
028 de julio

2. Semestre De Julio A Diciembre

Noveno dígito del RucFecha máxima de vencimiento
110 de enero
212 de enero
314 de enero
416 de enero
518 de enero
620 de enero
722 de enero
824 de enero
926 de enero
028 de enero

En primer lugar, cuando fecha de vencimiento que coincida con días de descanso obligatorio o feriados nacionales o locales, se trasladará al siguiente día hábil. Claro está que si por efectos del traslado, la fecha de vencimiento corresponda al siguiente mes, la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.

Cuando el sujeto pasivo presente una declaración en su totalidad con valores en cero y posteriormente la sustituya registrando valores que demuestren efectivamente el hecho generador, la base imponible y la cuantía del tributo, deberá, en esta última, calcular la multa correspondiente de conformidad con la Ley de Régimen Tributario Interno, sin perjuicio de las demás sanciones a que hubiere lugar.

Emprendedor
Ingresos Brutos AnualesHasta USD 300.000 anuales.
Comprobantes De VentaFactura, si desglosan IVA
Declaración De IvaDeclaraciones semestrales del IVA (julio y enero) ó mensuales.
Declaración Del Impuesto A La RentaMes de marzo del siguiente ejercicio fiscal.
PagoEl pago se realiza una vez presentada la declaración respectiva (el monto depende del resultado de la liquidación del impuesto en cuestión).

Categoría Rimpe – Negocios Populares

En esta categoría se incorporan las personas naturales que al 31 de diciembre del año anterior hayan obtenido ingresos brutos de hasta $20.000 dólares.

Los documentos que deben emitir estos tipos de contribuyentes son notas de venta, además de incorporar en la leyenda “Contribuyente Negocio Popular – Régimen RIMPE”, en caso de que realicen actividades económicas que no estén sujetas al RIMPE, tendrán que emitir exclusivamente por esas transacciones facturas. 

Declaraciones

Como ya conocemos, las notas de venta no desglosan IVA y por este motivo, no aplica para estos contribuyentes las declaraciones de IVA, pero sí del IMPUESTO A LA RENTA que es obligatoria y se presentará en el mes de marzo del siguiente ejercicio fiscal, con un pago anual de USD 60.

Negocio Popular
Ingresos Brutos AnualesHasta USD 20.000 anuales.
Comprobantes De VentaNotas de Venta, no desglosan IVA
Declaración De IvaNo aplica declaración de IVA
Declaración Del Impuesto A La RentaMes de marzo del siguiente ejercicio fiscal.
PagoCuota anual: USD 60

Retenciones en el Régimen RIMPE

En el caso de los contribuyentes RIMPE- Emprendedores se les retendrá el 1% con el código 343, esto será para bienes y servicios. En cuanto a las retenciones de IVA se aplicará ya sea el 30% por bienes o el 70% por servicios, y si es entidad pública, se retendrá el 100%.

Por otro lado, los contribuyentes RIMPE- Negocio Popular estarán sujetos a retención del impuesto a la renta e IVA del 0% siempre que las actividades que facturen estén dentro del RIMPE. 

Listado Referencia Régimen RIMPE

El SRI presenta en su página web enlaces y accesos a listados de ambas categorías: negocios populares y emprendedores, este listado se va actualizando progresivamente.

 Listado referencial del Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (RIMPE)  https://www.sri.gob.ec/catastros

Es importante mencionar que todos los contribuyentes que inicien actividades y no se encuentren excluidos de este régimen, al momento de su inscripción en el RUC, deberán incluirse en el régimen RIMPE desde el primer año de operación. Además, en el caso que los sujetos pasivos incluidos en el régimen RIMPE superen el monto de trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 300.000,00) de ingresos brutos en el primer año de operación, se someterán al régimen general de impuesto a la renta a partir del siguiente ejercicio económico

Exclusiones del Régimen RIMPE

No están incluidos dentro de este régimen los contribuyentes que:

  • Cuenten con ingresos brutos superiores a los USD 300.000 anuales.

Quienes se dediquen a las siguientes actividades:

  • Contratos de Construcción
  • Urbanización y lotización de terrenos
  • Servicios profesionales
  • Transporte
  • Actividades agropecuarias
  • Comercio de combustibles
  • Sector minero
  • Sector de hidrocarburos 
  • Sector petroquímico
  • Actividades de asociación 
  • Laboratorios médicos y farmacéuticas
  • Industrias básicas
  • Impuesto único a la actividad Bananera
  • Sector financiero
  • Sector de seguros
  • Sector de economía popular y solidaria.
  • Actividades en relación de dependencia.
  • Receptores de inversión extranjera directa.
  • Regímenes especiales.

Vigencia del RIMPE

El presente régimen será de aplicación obligatoria por el plazo perentorio de tres (3) años contados desde la primera declaración del impuesto, siempre que el sujeto pasivo no perciba ingresos brutos superiores a los trescientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$ 300.000,00).

También, los sujetos pasivos que mantengan su condición de negocios populares se mantendrán dentro del régimen RIMPE mientras conserven dicha condición. Una vez que el sujeto pasivo hubiere sido excluido del régimen RIMPE, no podrá ingresar nuevamente a este régimen.

Como resultado, para efectos de la contabilización del plazo de permanencia en este régimen, cuando un contribuyente inicie o reinicie sus actividades en una fecha de registro posterior al 1 de enero, se contará como si hubiera permanecido un ejercicio fiscal completo. Sin embargo, no se considerarán los ejercicios fiscales completos durante los cuales la persona natural hubiere suspendido sus actividades económicas, siempre que el contribuyente hubiere actualizado la información en el RUC, ni los períodos fiscales completos en los que la Administración Tributaria hubiere suspendido de oficio el registro de los sujetos pasivos en el RUC conforme la normativa vigente. 

Conclusión 

Finalmente, es responsabilidad de cada contribuyente conocer si cumple o no con los requisitos del régimen RIMPE. Sin embargo, de este no ser el caso, Certus brinda una asesoría profesional. Le ayudamos en el cumplimiento de los deberes formales que le corresponda, evitando multas por motivo de incumplimiento.

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